Y sí, poner un radar con una señal de fin de limitaciones delante y la de 120 unos metros más adelante, pues... lo tendrán perfectamente calculado para recaudar "a manos llenas", porque si no ya me dirás qué sentido tiene.
Lamentablemente, me temo que si tienes la señal de 90 a la entrada del túnel, ésta prevalece, aunque se acabe el túnel, hasta encontrar otra diferente (la de fin de limitaciones, por ejemplo).
Me he estado enterando, porque mi idea era también la del defecto de forma, pero parece que la carta inicial es una simple solicitud de identificación de conductor en la que te comentan para qué te lo piden, pero la única que tiene validez a efectos legales es la multa, en la que te indican la sanción que te corresponde y todo eso, por lo que no serviría para nada recurrir alegando ese error inicial.
También intenté la parte de que esté el radar y un par de metros por delante la señal de fin de limitaciones, y tanto esa como la de 120 ya visibles antes de salir del túnel... pero me han dicho que como no puedes superar la velocidad límite hasta que pases de la señal que te indica un límite superior, pues como que no me sirve para nada.
Así que, a pagar toca. Al final, mirándolo bien y teniendo en cuenta lo que habría sido de estar señalizado a 80, tampoco es tanto

Gracias de todas formas por vuestros comentarios, y los que seáis de la zona o paséis por allí, ya sabéis, tened cuidado que de vez en cuando esa caja contiene radar y ya véis cómo se las gastan.
Saludos.