Como bien dice Igor, lo que tienes en tus manos no es mal que la notificación de que el agente 1113 te ha puesto una denuncia por circular a velocidad superior de tal, tal y tal...,esa denuncia la puedes solicitar porque tienes la referencia R011000928, y en ella tienen que constar todos los datos correctos, fecha, hora, lugar, concepto sancionado, precepto aplicado, etc.
Eso es solo la notificación, la puesta en conocimiento de la apertura de un procedimiento sancionador en materia de tráfico en el que además se te informa de la posible retirada del permiso de conducir.
Si eso fuera la denuncia, que no lo es, no sería un defecto por la falta de forma de no tener la fecha correcta, sería más grave aún el no darte los datos de radar y las homologaciones del mismo.
Ye de tí depende, y es de lo que se aprovecha la Administración:
Si pagas ahora te beneficias de la reducción de pasta y "se suelen olvidar" del procedimiento de retirada de permiso de conducir pudiendo incurrir incluso en un delito contra la seguridad del tráfico por el margen de velocidad que superaste para la vía en cuestión (margen de velocidad superior al 50%)
Si reclamas y alegas, muy posiblemente, a no ser que muevas el culo, los plazos de reducción de la cuantía a pagar pasen y como no haya tal defecto de forma, te comes la multa íntegra e incluso entonces sí que suelen no olvidarse de que pases por juzgado a depositar tu permiso de conducir.
Ya te digo que de eso es de lo que se aprovecha la administración, de la presión que supone el: pago ahora el importe reducido o reclamo y pierdo ese derecho y como me toque pagar tengo que soltar los jurdeles del tirón....
No te puedes hacer la idea de la cantidad de multas de tráfico verdaderamente recurribles que son pagadas simplemente por el riesgo de que no se gane el recurso y tener que soltar toda la pasta... y la de dinero que se lleva la administración al bolsillo sin pertenercerle...

Mi cabeza nunca para, a veces la adelanta el corazón, pero nunca para...