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Reserva y Tercerías de Dominio

NotaPublicado: Lun Abr 30, 2007 13:06 pm
por spool
Saludos. Mi consulta es la siguiente (por si acaso alguien supiera del tema). Tengo un C4 matriculado a mi nombre que se ha comprado mediante préstamo bancario del BBVA (o sea, no lo ha financiado PSA). El préstamo lo están pagando dos personas diferentes al titular con las cuales el titular no tiene ningún vínculo familiar. Si por la causa que fuere ahora le apareciera un embargo al titular del coche (que no es quien está pagando las letras al banco por el préstamo para el mismo) ¿podrían embargarle dicho vehículo?
¿Cómo se puede hacer para que ese préstamo esté relacionado con la compra de este coche y demostrar documentalmente que no es el titular del coche quien está pagando dicho préstamo?
Veo cierta laguna ya que aunque en el contrato de préstamo de BBVA aparece que se le entrega la cantidad prestada por el banco a un concesionario CITROEN para la compra de un coche, y que éste prestamo se pagará en 10 años a razon de x euros/mes por DOS personas cotitulares del mismo, la titularidad del vehículo recae en mí ya que se compró a mi nombre para beneficiarse de una minusvalía que tengo, pero yo no soy quien está pagando ese préstamo, aunque sí figuro en todos los papeles relativos a la documentacion del coche y en las facturas emitidas por Citroen relacionadas con la venta del mismo.
¿Cómo se puede solicitar la reserva de dominio de un préstamo? He de citar que en el contrato de préstamo no aparece nada relativo a reserva de dominio ya que es un banco y no una financiera de automóviles la que ha hecho la operacion.
¿serviría simplemente la presentación del contrato de préstamo para justificar quién está pagando ese coche y evitar por tanto un posible embargo del mismo?
Gracias.

NotaPublicado: Lun Jun 04, 2007 2:54 am
por dragoi
Pues aunque sea un poco tarde...
Todo depende de los términos en que esté redactado el contrato de préstamo...
Si sólo figuras tu de titular del vehculo, en principio sólo podrían embargártelo por deudas que contraigas tu personalmente.
en el caso presente, si el contrato de préstamo está a nombre de varias personas y alguna de ellas deja de cumplir con su obligación, pues la entidad bancaria iría contra todos los titulares del préstamo. Si en el contrato se especificara que el dinero se destina a la compra del vehículo y se identificara con su número de bastidor o su matrícula, pues se podría llegar a embargar.
ahora bien, si tu no figuras en el contrato de préstamo y sólo figuran las otras dos personas, en principio no podrían hacer nada para embargar el vehículo por incumplimiento de esas dos personas. si el que incumple eres tu, por su puesto que pueden embargarlo.
Si el titular del vehículo tuviera algún embargo el coche podría ser embargado, como cualquier otro bien que pudiera tener a su nombre.
Lo de relacionar el vehiculo con el préstamo... como cualqueir contrato,podría modificarse, o añadirle clausulas... pero ahí interviene el banco, y no creo que estuviera muy por la labor. De todas formas, tampoco eso te exoneraría de nada, porque a todos los efectos sigues siendo titular.
Y lo que comentas de tratar de evitar el embargo del vehículo... pues no se podría hacer. Es que claro, el ponerlo a nombre de alguien para beneficiarse de algo tiene sus consecuencias. Es como hacer trampa... no sé si me explico; bueno, como hacer trampas no... es hacer trampas... y eso tiene sus consecuenicas positivas... pero también las negativas.
Si el vehículo está puesto a tu nombre lo está para todo, y no hay vuelta de hoja. Es que si el vehículo no estuviera a tu nombre tendría que haber pagado impuestos como todos los demás... y eso no te lo perdona ninguna hacienda, así que está a tu nombre a todos los efectos, los buenos y los malos.