por akhesa » Dom May 25, 2008 18:59 pm
Las vacaciones son de 30 días anuales, viene establecido en el estatuto de los trabajadores y tienen (como an dixo x arriba) que ser disfrutadas en ese mismo año, sino las pierdes.
Aunq cada empresa tiene un covenio colectivo, nunca podra desmejorar las condiciones q vienen estipuladas por el estatuto, pero si mejorarlas. Me explico, en el convenio de una empresa te pueden dar por encima de 30 dias de vacaciones, nunca menos.
Los dias de fiesta se suelen cobrar en casi todos trabajos, pero me parece q en la construcción no, porq mi padre es albañil y si un dia de fiesta no va no cobra (creo q es asi) pero te lo puedo mirar.
Si tienes alguna duda o algo, o kieres saber algo mas, mandame un privi y te explico. Xao
Si no intentas lo absurdo, nunca alcanzaras lo imposible.