bueno.. pues como no, para terminar el año bien tengo un tema que me está jodiendo... es relativo a mi contrato.. tengo contrato indefinido, pero debido a una modificación en la zona en la que trabajo, se ha ampliado el horario comercial, por lo que mi empresa me dice que los domingos y festivos(a excepcion del primero de cada mes, que es de apertura general), los cuales, este año abriamos de 12 a 20 (con una hora para comer, aunque entramos forzados a las 11.45 y salimos a mas de las 20.15), ahora, abriremos de 11 a 21 (entrando a las 10.45 y saliendo a las 21.15 minimo) y aqui viene el dilema: con 2 horas y media de comida.
en mi contrato pone lo siguiente relativo a la jornada laboral:
"La prestación de trabajo se realizará... a razón de 8,00 horas al día, distribuidas del siguiente modo: de 12.45 a 22.15 y de -- a -- con 1 hora y 30 minutos de descanso diario. Los domingos y festivos con apertura comercial, este horario se ajustará al horario comercial de la actividad."
estoy emparanoiado con la dichosa coletilla, pues pienso q especifica la hora y media de descanso y lo q no es el horario. no se si es legal eso de ampliar el horario metiendo 2 horas y 30 minutos de descanso. Lo que entiendo es q pueden modificar la hora de entrada en funcion del dia pero q curro 8 horas y la hora y media de descanso es siempre hora y media y no más...
espero vuestra ayuda, perdon por el tocho, muchas gracias y feliz año nuevo. mi ultimo mensaje del 2007 hace 940';)



