UN COCHE DADO DE BAJA SE PUEDE DAR DE ALTA??

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¿UN COCHE DADO DE BAJA SE PUEDE DAR DE ALTA?

La encuesta terminó el Jue Ago 06, 2009 17:26 pm

SI
6
60%
NO
3
30%
NI IDEA
1
10%
 
Votos totales : 10

UN COCHE DADO DE BAJA SE PUEDE DAR DE ALTA??

Notapor anita_cs » Mar Jul 07, 2009 17:26 pm

Hola C4atrer@s

Tengo una duda y es la siguiente:

¿un coche dado de baja se puede dar de alta?

Aver si alguien sabe del tema y puede ayudarme

Saludos!!
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Notapor compe_7000 » Mar Jul 07, 2009 17:32 pm

si, si no es una baja total,por lo menos antes si que se podia, si es baja total no tienes nada que hacer,luego otra cosa es que tengas todos los papales para pagar las cosas pendientes que tenga el coche y poder luego andar con el.
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Notapor Granaíno2009 » Mar Jul 07, 2009 17:37 pm

compe_7000 escribió:si, si no es una baja total,por lo menos antes si que se podia, si es baja total no tienes nada que hacer,luego otra cosa es que tengas todos los papales para pagar las cosas pendientes que tenga el coche y poder luego andar con el.


Exacto, hay dos tipos de bajas, la baja temporal, la cual se puede volver a dar de alta, y la baja total, que es la que no se puede volver a dar de alta...

Te lo digo porque yo estube buscando un cochecillo para dar de alta en un desguace xD.
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Notapor compe_7000 » Mar Jul 07, 2009 17:44 pm

eso es,pensaba que ya no se podia hacer,pero mira estaba en lo cierto XD.
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Notapor elde » Mar Jul 07, 2009 20:07 pm

estais seguros ke no se puefe??

en este pais pagando San Pedro canta :D y mas tratandose de sacar dinero

eso si es facil ke la buricracia te cueste mas ke el coche
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Notapor Granaíno2009 » Mar Jul 07, 2009 22:32 pm

elde escribió:estais seguros ke no se puefe??

en este pais pagando San Pedro canta :D y mas tratandose de sacar dinero

eso si es facil ke la buricracia te cueste mas ke el coche


Pues hombre, supongo que pagando una cantidad desmensurada se podrá hacer algún chanchullo, pero ya te digo que yo andube detrás de un 205GT al que solo faltaba una puerta y el maletero, y quería darle de alta y me fue imposible :( .
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Notapor Qmando » Mar Jul 07, 2009 22:58 pm

Hasta donde yo se, si esta dado de baja total olvidate q te dejen darlo de alta, es mas he visto chanchullos en desguaces, de q si tienen algun coche q este medio bien, pero dado de baja total, cambiarle los papeles, y nº de bastidor por alguno q entre con un piñazo, pero dado de baja temporal....
Vale mas quedar como hijo de puta, que no como bobo. ;)
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Notapor anita_cs » Mié Jul 08, 2009 19:45 pm

Granaíno2009 escribió:
compe_7000 escribió:si, si no es una baja total,por lo menos antes si que se podia, si es baja total no tienes nada que hacer,luego otra cosa es que tengas todos los papales para pagar las cosas pendientes que tenga el coche y poder luego andar con el.


Exacto, hay dos tipos de bajas, la baja temporal, la cual se puede volver a dar de alta, y la baja total, que es la que no se puede volver a dar de alta...

Te lo digo porque yo estube buscando un cochecillo para dar de alta en un desguace xD.


Eso es lo que yo estaba haciendo, para empezar pillarme un cochecillo del desguace, porque ví unos cuantos y no estaban nada mal para ser el primero. Gracias por la información Granaino XD
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Notapor anita_cs » Mié Jul 08, 2009 19:47 pm

Gracias a todos por la información :P
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Notapor BLADE » Mié Jul 08, 2009 19:56 pm

Salio como una especie de normativa que si el coche habia sido dado de baja, creo recordar antes del año 82...habia posibilidad de darlo de alta, en trafico te lo sabran decir mejor, yo estuve apunto de dar de alta un citroen 2 caballos, pero al final nada.

Saludos!
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Notapor elde » Mié Jul 08, 2009 20:13 pm

como digo pagando San Pedro canta

EL TITULAR O TERCERA PERSONA QUE ACREDITE SUFICIENTEMENTE LA PROPIEDAD DE UN VEHÍCULO DADO DE BAJA DEFINITIVA, PODRÁ SOLICITAR SU REHABILITACIÓN, PARA ELLO, DEBERÁ SUPERAR UNA REVISIÓN EN UNA ESTACIÓN ITV. EN LA QUE SE LE DECLARE APTO PARA CIRCULAR.
ESTE TRÁMITE LO PUEDE SOLICITAR EN LA JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE SU DOMICILIO O EN LA DE LA PROVINCIA DONDE SE MATRICULÓ EL VEHÍCULO.
1º SOLICITUD en impreso de "Cuestiones Varias" facilitado por la Jefatura de Tráfico con los datos y firma de la persona a cuyo nombre está matriculado el vehículo o de quien acredite su propiedad.
-Si es menor de edad o incapacitado constarán también los datos y firma del padre, la madre o el tutor.

-Si el vehículo está inscrito a nombre de varias personas, se presentarán tantas solicitudes como peticionarios, pagándose una sola tasa.

2º TASA I.1 o I.2, (2005)si es un ciclomotor, por el importe legalmente establecido. Consulte la información sobre tasas.
I.1Expedición de permiso de circulación de cualquier tipo de vehículo que deba ser matriculado (incluidos diplomático, consular y matrícula turística).........66,60 Euros
I.2. Expedición de licencias de circulación de ciclomotores.........17,00 Euros

3º DOCUMENTACIÓN DE LOS INTERESADOS
A) SI SE TRATA DE PERSONAS FÍSICAS

A.1-NACIONALES:

-Original del DNI en vigor. Si no lo tiene, ha de presentar:

*Resguardo de haberlo solicitado y,

*Libro de Familia, Pasaporte, Permiso de conducir u otro documento que acredite los datos del DNI.

-En caso de menores de edad o incapacitados , además presentarán:

*Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor y,

*Documento que acredite el concepto en que actúan, (Ej. Libro de Familia, resolución judicial, etc.).

-Si el vehículo se va a rehabilitar a nombre de quien ejerce una actividad por cuenta propia, y desea domiciliarlo en la sede de su actividad deberá aportar además:

*Original y fotocopia del Impuesto de Actividades Económicas del año en curso. Si está exento, copia cotejada de declaración de alta en el censo de obligados tributarios o certificado de la actividad que se ejerce expedido por el órgano competente en la gestión del Impuesto.

A.2-EXTRANJEROS:

-Declaración sobre titularidad de otros vehículos matriculados en España o del número de identificación que figure en el Permiso de Conducir español del que sea o hubiera sido titular, y,
- Original de la Tarjeta de Residencia en vigor. Si no la tiene, ha de presentar:

I- Documento original en el que figure el N.I.E o un Certificado de la Policía en el que conste que no se le puede expedir dicho documento y,

II- Original del Documento Nacional de Identidad de su país si pertenece al Espacio Económico Europeo o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país y,

III- Justificante original que acredite su domicilio en España. Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial.

-En caso de menores de edad o incapacitados , además presentarán:

*Original de la Tarjeta de Rsidencia en vigor del padre, madre o tutor y,

*Documento que acredite el concepto en que actúan, (Ej. Libro de Familia, resolución judicial, etc.).

-Si el vehículo se va a rehabilitar a nombre de quien ejerce una actividad por cuenta propia, y desea domiciliarlo en la sede de su actividad deberá aportar además:

*Original y fotocopia del Impuesto de Actividades Económicas del año en curso. Si está exento, copia cotejada de declaración de alta en el censo de obligados tributarios o certificado de la actividad que se ejerce expedido por el órgano competente en la gestión del Impuesto.

IMPORTANTE : SI HA CAMBIADO DE DOMICILIO A OTRA PROVINCIA Y ÉSTE NO FIGURA EN SU DNI. O TARJETA DE RESIDENCIA Y DESEA SOLICITAR EL TRÁMITE EN LA JEFATURA DE LA PROVINCIA DE SU NUEVO DOMICILIO, DEBERÁ LLEVAR: UN CERTIFICADO ORIGINAL DE EMPADRONAMIENTO O TARJETA CENSAL.

B) SI SE TRATA DE PERSONAS JURÍDICAS

-Original del CIF y,

-Original del DNI, Pasaporte, Tarjeta de Residencia del representante que firma la solicitud y,

-Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (Poder notarial o Escritura de constitución inscrita en el Registro Mercantil).

-Si se desea domiciliar el vehículo en el domicilio de una Sucursal, deberá aportar además:

*Original y fotocopia del Impuesto de Actividades Económicas del año en curso. Si está exento, copia cotejada de declaración de alta en el censo de obligados tributarios o certificado de la actividad que se ejerce expedido por el órgano competente en la gestión del Impuesto.

4º SI EL INTERESADO ES PERSONA DISTINTA AL TITULAR.
-Original y fotocopia de la factura de venta o contrato de compraventa, si ha habido transmisión. Y en su defecto original y fotocopia del acta de notoriedad, o de manifestaciones.

NOTA: REVISADA LA SOLICITUD, LA JEFATURA LO PONDRÁ EN CONOCIMIENTO DEL ÓRGANO COMPETENTE PARA QUE SE SOMETA EL VEHÍCULO A UNA INSPECCIÓN TÉCNICA POR REHABILITACIÓN Y, UNA VEZ SUPERADA, SE DEBERÁN PRESENTAR LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:
1º SOLICITUD EN UN IMPRESO DE "CUESTIONES VARIAS".

2º TARJETA DE INSPECCIÓN TÉCNICA O CERTIFICADO DE CARACTERÍSTICAS POR REHABILITACIÓN.

3º DOCUMENTO QUE JUSTIFIQUE EL PAGO O LA EXENCIÓN DEL IMPUESTO MUNICIPAL DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA. Original y fotocopia.

4º DOCUMENTO QUE ACREDITE EL PAGO, LA EXENCIÓN O NO-SUJECIÓN DEL IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS en el supuesto de que se solicite la rehabilitación por persona distinta de la que figure como titular, salvo que el vendedor sea un empresario que actúe en el ejercicio de su actividad.

5º JUSTIFICANTE DEL PAGO DE LA BONIFICACIÓN DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE DETERMINADOS MEDIOS DE TRANSPORTE DEL QUE SE BENEFICIÓ EL TITULAR DEL VEHÍCULO A REHABILITAR SI EL MISMO FUE DADO DE BAJA POR EL PLAN PREVER.

6º DOCUMENTO ORIGINAL ACREDITATIVO DEL ALTA EN EL REGISTRO OFICIAL DE MAQUINARÍA AGRÍCOLA en el caso de que se trate de un Vehículo Especial Agrícola.

7º CERTIFICADO ORIGINAL DE LA CONSEJERÍA DE TRANSPORTES DE QUE POSEE O ESTÁ EN CONDICIONES DE OBTENER EL TÍTULO HABILITANTE CORRESPONDIENTE si son vehículos de transporte de viajeros con una capacidad superior a 9 plazas, incluida la del conductor, así como los vehículos de transporte de mercancías o mixtos con una masa máxima autorizada superior a seis toneladas y una capacidad de carga que exceda de 3.5 toneladas incluida la cabeza tractora.

IMPEDIMENTOS
-Si el interesado es persona distinta al titular, y en el Registro de Vehículos consta la constitución de cualquier clase de limitación de disposición, no se realizará la rehabilitación, debiendo solicitar directamente la previa cancelación en el Registro de Bienes Muebles, salvo consentimiento expreso de la persona favorecida por tal inscripción.

-Si el interesado es persona distinta al titular, el impago de sanciones impuestas por infracciones de transportes que consten en el registro de Vehículos, será un impedimento para la rehabilitación.

-No se podrán rehabilitar los vehículos incluidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil, que hayan sido dados de baja definitiva a partir de su entrada en vigor (ver hoja sobre baja definitiva de vehículos)

IMPORTANTE: Cuando la documentación no sea presentada por el titular del vehículo, o por quien acredite su propiedad, la persona que lo represente deberá llevar:
-Autorización del interesado para realizar el trámite, donde se exprese el carácter gratuito de la citada representación y,

-Original de su propio DNI.
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Notapor gomechuelo » Jue Jul 09, 2009 13:39 pm

no se puede si se a dado de baja como es el caso de los desguaces te lo digo yo que curro en una gestoria
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Notapor Juantxuri_MK4 » Jue Jul 09, 2009 17:47 pm

Pues si no me equivoco, ke yo creo ke no, un amigo dio de alta para circular un Honda Accord ke ya estaba en el desguace.
Si consigo hablar con el os lo confirmo.
De todas formas, como dicen por hay, pagando fijo ke se puede.
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Notapor elde » Jue Jul 09, 2009 19:16 pm

pues estaa bien claro, se podra de dar de alta siempre ke la solicite en antiguo dueño.

cuando lo das de baja y entra en el desguace, por decirlo de alguna manera el choche va a nombre del estado(municipio o lo ke sea)

ademas los desguaces por materia de contaminacion, tienen un plazo de tiempo para reciclarlo, ya no son desguaces, son centros de recuperacion
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Notapor yavitovts » Jue Jul 09, 2009 20:34 pm

Mucho ojo, que si el coche esta dado de baja, a la itv no podeis llevarlo circulando, lo debereis llevar o bien en grua, o bien en un remolque para coches....

Si os pillan circulando con el coche sin nada, se os cae el pelo, y ni pensar si pasa algo...
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