Este hilo parece un monologo.
Me auto contesto esperando que esto sea de utilidad para los que buscamos algún resquicio por el que pudiésemos colarnos legalmente.
Aquí os dejo una explicación mas concreta de la normativa por la cual estamos jod…
https://www.autonocion.com/montar-luces ... iva-legal/
Creo que aparte de la pataleta, lo único que me queda es contactar con los polacos -motolampy.com- y saber si sus trabajos sobre los faros tienen etiqueta CE y por tanto pueden ser homologados como elemento técnico independiente del coche.
Una cosa positiva que he encontrado en este artículo, los pilotos traseros NO están sujetos a la rigidez de la normativa de la iluminación delantera. Se pueden usar LED! No tengo idea de si eso incluye a iluminación de matrículas. Eso supone que no son legales las denuncias por utilizar LED en la parte trasera de un coche....
Un saludo y a seguir