por VelocityMazda » Vie May 27, 2011 2:35 am
Lo que no entiendo,si conducia el subordinado o el capitan de trafico,es de cajon.... si cuando detubieron el coche,el que estaba en el asiento del conductor,era el capitan de trafico,es que iba conduciendo el y por tanto la multa deberia pagarla el con los puntos o lo que fuera.
De echo,mas voy a añadir,alguna por ir a menos de esa velocidad.... se va a comer 6 meses de prision y 1440 € de multa,ademas de no poder conducir en 3 años.Esto dictamino un juez de Navarra,hace menos de una semana,para una chica que fue sorpendida a 194 kms/h.Dicho juez,dice que a la velocidad de 110 kms/h que hay ahora,se le suman los 80 kms/h que se pueden rebasar sin pena de carcel.... y dan 190 kms/h,y por tanto como los supera,la multa es mayor ademas de tener pena de carcel y una retirada del carnet por mas tiempo.
Conclusion,que hoy por hoy,es mejor no hacer el tonto.... como mucho se puede ir a 150 kms/h en autovias/autopistas,sin perder puntos y con una sancion llevadera y sin carcel,pero bueno es una velocidad considerable.Yo admito que muchas veces me he pasado con la velocidad,pero fue hace muchos años,que iba como un loco.... pero las cosas no estaban tan duras como ahora.