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gomezpla escribió:yo aunque sea mi enmpresa voya tirar para alante aunque me toque discutir y discutir
por esa regla de tres
la parte proporcional de la pequeña paga de verano que me dieron deverian dividirmela entre 24 como solo han sido 15 dias ...
gomezpla escribió:caro caroy a discutí con la de mi empresa al pirnpio estaba en sus trece luego ya ... que sin no sabia y nos ha dado el telefono del gestor de la empresa si estoy al 99% seguro que tengo razon
el asunto esque esoty buscando algun texto oficial del boe o de algun estatuto de trabajadores en el que ponga algo de eso
jordio escribió:segun yo tengo entendido solo la cobras entera cuando ya llevas un año seguido trabajando, si no solo la parte proporcional, osea que si llevas 6 meses te corresponde media paga de navidad, pero que sepas que tambien tienes media paga de verano acumulada, oesa que tienes dos medias pagas, pero la otra la disfrutaras ya en verano, que al llevar ya el año la tendras entera. espero habermeexplicado bien
yavitovts escribió:jordio escribió:segun yo tengo entendido solo la cobras entera cuando ya llevas un año seguido trabajando, si no solo la parte proporcional, osea que si llevas 6 meses te corresponde media paga de navidad, pero que sepas que tambien tienes media paga de verano acumulada, oesa que tienes dos medias pagas, pero la otra la disfrutaras ya en verano, que al llevar ya el año la tendras entera. espero habermeexplicado bien
Exacto.
Si seguimos cronologicamente hacia junio de 2009, si sigues en la empresa ya tendras el año trabajado, y cobraras la de verano entera.
Son 2 pagas anuales que se pagan en Julio y en diciembre.
Si empiezas atrabajar en Junio, pues te deben de pagar los tu sueldo base /365 dias y multiplicado por los dias que estuvieras hasta el dia que empieza a contar la paga (yo creo que es el 30 junio), usease 15 dias.
En el caso de la de navidad , es lo mismo, sueldo base / 12 meses y multiplicado por 6.En este punto , ya tienes acumulados 6 meses para la de verano (pero no los cobras hasta julio de 2009, en caso de que sigas, o si te echan antes en el finiquito).
Todo esto menos las retenciones aplicadas.
El IRPF no debe aparecer en la paga extra, ya que te lo estan aplicando durante todo el año.
Somi escribió:Pues eso sera en vuestras empresas, ya que en la nuestra os aseguro que con 6 meses trabajados te corresponde una paga integra.
Lo mejor es que pregunte en su comité de empresa, ya que hay varios convenios, y también hay convenios internos de cada empresa que mejoran el general por el cual se rigen, nunca un convenio interno puede ser inferior al general, pero si superior, que quizás sea el caso de mi empresa.
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